{"id":104,"date":"2023-07-17T08:57:13","date_gmt":"2023-07-17T06:57:13","guid":{"rendered":"https:\/\/fincatech.es\/blog\/?p=104"},"modified":"2023-08-01T08:50:30","modified_gmt":"2023-08-01T06:50:30","slug":"reforma-ley-subcontratacion-servicios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fincatech.es\/blog\/reforma-ley-subcontratacion-servicios\/","title":{"rendered":"Reforma de la ley de subcontrataci\u00f3n de servicios"},"content":{"rendered":"<p>Recientemente se ha aprobado una reforma laboral muy importante que influye a las comunidades de vecinos de forma directa, la reforma laboral publicada en el BOE, el Real Decreto-Ley 32\/2021, de 28 de diciembre.<\/p>\n<p>\u00c9sta reforma laboral nace con la meta de garantizar la estabilidad del empleo y de la evoluci\u00f3n del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>Aunque de forma directa influye en la subcontrataci\u00f3n de actividades empresariales en empresas, incluso en comunidades de vecinos. De esta forma, es de suma importancia de que tanto administradores de fincas como propietarios hagan un seguimiento de la <a title=\"CAE comunidades de vecinos\" href=\"https:\/\/fincatech.es\/cae-comunidades-propietarios\">CAE en sus comunidades<\/a> para que no verse perjudicados por esta norma.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo se regula la subcontrataci\u00f3n y externalizaci\u00f3n de servicios<\/h2>\n<p>La meta principal de esta reforma laboral es la de realizar un seguimiento y mejorar la precariedad laboral de las empresas que utilizan la subcontrataci\u00f3n con el uso de la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales.<\/p>\n<p>Y es que la externalizaci\u00f3n de servicios pueden llegar a suponer un descenso de la competitividad empresarial de otras tantas y l\u00f3gicamente de las condiciones de trabajo de muchas trabajadores.<\/p>\n<p>Para ello, la reforma laboral RD 32\/2021 tiene como finalidad mejorar la productividad de las empresas y desmotivar la contrataci\u00f3n de externos para compensar un mercado de trabajo m\u00e1s ligero, igualitario y el\u00e1stico.<\/p>\n<p>Entre las medidas m\u00e1s destacadas de esta reforma de la ley de subcontrataci\u00f3n de servicios es la de las modificaciones previstas en el art\u00edculo 42 sobre la actualizaci\u00f3n de la subcontrataci\u00f3n de obras y servicios. Este art\u00edculo se moderniza sobre el Estatuto de los Trabajadores, donde debe haber un convenio colectivo del sector, y ser\u00e1 aplicable siempre que se mejoren las condiciones salariales propuestas por la empresa. El motivo es claro, evitar la competencia entre empresas por ofrecer peores salarios que la competencia.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se notifica que en el caso de que el despido del trabajador haya transcurrido por causa de la extinci\u00f3n del contrato de forma procedente, \u00e9ste podr\u00e1 solicitar el desempleo como cualquier otra persona trabajadora en lo dispuesto\u00a0 en la Ley 32\/2006, de 18 de octubre.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-110 aligncenter\" src=\"https:\/\/fincatech.es\/blog\/wp-content\/uploads\/Como-se-regula-la-subcontratacion-y-externalizacion-de-servicios.jpeg\" alt=\"C\u00f3mo se regula la subcontrataci\u00f3n y externalizaci\u00f3n de servicios\" width=\"700\" height=\"467\" srcset=\"https:\/\/fincatech.es\/blog\/wp-content\/uploads\/Como-se-regula-la-subcontratacion-y-externalizacion-de-servicios.jpeg 700w, https:\/\/fincatech.es\/blog\/wp-content\/uploads\/Como-se-regula-la-subcontratacion-y-externalizacion-de-servicios-480x320.jpeg 480w\" sizes=\"auto, (min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) 700px, 100vw\" \/><\/p>\n<h2>El art\u00edculo 42 que regula la subcontrataci\u00f3n de servicios<\/h2>\n<p>En \u00e9ste art\u00edculo se expone claramente que empresas o comunidades deber\u00e1n cerciorarse de que los subcontratistas est\u00e9n al orden del d\u00eda en sus cuotas a la Seguridad Social. En caso contrario, y que \u00e9stas primeras conozcan problemas deficitarios al respecto, deber\u00e1n informar al organismo pertinente. De no ser as\u00ed, ser\u00e1 responsable de no trasmitir esta informaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>C\u00f3mo afecta la ley de subcontrataci\u00f3n de servicios al CAE<\/h3>\n<p>En el \u00e1mbito de los riesgos laborales se expone en el art\u00edculo 42.4. en el apartado e, que deber\u00e1n facilitarse todas las medidas de CAE o <a title=\"coordinaci\u00f3n de actividades empresariales\" href=\"https:\/\/fincatech.es\/cae-comunidades-propietarios\">coordinaci\u00f3n de actividades empresariales<\/a> para su correcto funcionamiento. Deber\u00e1 especificarse la los datos de los trabajadores externos, su actividad, duraci\u00f3n y \u00e1mbito de actuaci\u00f3n, as\u00ed como los datos empresariales de la subcontrata.<\/p>\n<p>De esta forma, la comunidad deber\u00e1 contar con un libro de registro que constate la relaci\u00f3n de los subcontratistas, con todos los datos anteriormente expuestos, si estos tienen una recurrencia operativa en la comunidad. Por ejemplo trabajamos de mantenimiento, limpieza, etc.<\/p>\n<p>El convenio que se le aplicar\u00e1 a las empresas externalizadas ser\u00e1 el propio al sector en el que desarrolle su actividad. En contraposici\u00f3n si hubiera un convenio colectivo propio de dicha empresa y beneficioso para el bien general se aplicar\u00eda este, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 84.<\/p>\n<p>Las empresas tanto contratadora (en nuestro caso las comunidades de vecinos) y la subcontratista, deber\u00e1n coordinarse siempre y cuando compartan la misma ubicaci\u00f3n para la realizaci\u00f3n del trabajo de forma recurrente o cont\u00ednua, estar\u00e1n obligadas a realizar reuniones con el objetivo de coordinarse para el desarrollo seguro de la misma.<\/p>\n<p>En cualquier caso ambas empresas estar\u00e1n vinculadas con el motivo de facilitar las condiciones necesarias para la ejecuci\u00f3n de los trabajos de una forma segura y seg\u00fan lo dispuesto en la ley.<\/p>\n<blockquote><p>Comprueba el <a title=\"Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo\" href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2021-21788\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo<\/a>.<\/p><\/blockquote>\n<p>Una vez explicada la reforma de la ley de subcontrataci\u00f3n de servicios y su nueva aplicaci\u00f3n con la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales, queremos hacer hincapi\u00e9 en la importancia de estar al d\u00eda con \u00e9sta.<\/p>\n<p>Y es que la subcontrataci\u00f3n de obras y servicios en muy com\u00fan en el \u00e1mbito de la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de fincas, por lo que es muy importante de conocer al detalle todo sobre esta reforma laboral que regula la subcontrataci\u00f3n de servicios para evitar problemas y agilizar al m\u00e1ximo los tr\u00e1mites laborales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recientemente se ha aprobado una reforma laboral muy importante que influye a las comunidades de vecinos de forma directa, la reforma laboral publicada en el BOE, el Real Decreto-Ley 32\/2021, de 28 de diciembre. \u00c9sta reforma laboral nace con la meta de garantizar la estabilidad del empleo y de la evoluci\u00f3n del mercado de trabajo. 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